Siempre que entra en vigor un nuevo reglamento, sea cual sea el ámbito,
se genera gran revuelo hasta que poco a poco las aguas vuelven a su
cauce, unas veces antes, otras veces despues.
En Europa, en lo
que a los cosméticos se refiere, es de nueva aplicación el Reglamento
(CE) n° 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de
noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos.
El presente
Reglamento sustituye, a partir del 11 de julio de 2013, a la Directiva
«Cosméticos» que regulaba hasta ahora la libre circulación de este tipo
de productos, garantizando un alto nivel de protección a los
consumidores. Las disposiciones del Reglamento pretenden garantizar la
protección de la salud y la información de los consumidores, velando por
la composición y el etiquetado de los productos. El Reglamento prevé
asimismo la evaluación de la seguridad de los productos y prohíbe los
experimentos con animales.
Es de cumplimiento tanto para grandes
empresas como para pequeñas, y es ahí donde surge un problema inmediato
porque para poder cumplir los requisitos de dicho reglamento haría falta
una inversión para mantener unas instalaciones adecuadar y contratar la
figura de un técnico responsable.
Comparto dicho reglamento en pdf para
información de todo el que tenga en mente elaborar, importar o
distribuir cualquier tipo de cosmético.
Un saludo.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2009:342:0059:0209:ES:PDF
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